jueves, 29 de julio de 2021

TARJETA DE CRÉDITO REVOLVING IKEA ,

 

TIENES UNA  TARJETA DE CRÉDITO REVOLVING IKEA , ¿ no sabes que hacer?

 

   TU DESPACHO DE CONFIANZA ABOGADOS PIQUERAS PARA RECLAMAR LAS CLAUSULAS ABUSIVA DE TARJETAS REVOLVING

 

  Te ayudamos a anular tu tarjeta de crédito REVOLVING, y a recuperar tu dinero.

 

   Si eres cliente de IKEA  , entidad financiera CAIXABANK CONSUMER FINANCEEFC S.A.U., actual  CAIXABANK PAIMENTS & CONSUMER E.F.C, SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A.,  , o asociado a una VISA IKEA, IKEA FAMILY , y estás preocupado porque llevas años pagando tu tarjeta de crédito revolving sin conseguir cancelarla, te animamos a contactar con nosotros, podemos librarte de ella.

  

   Tienes una tarjeta  que  asignado un crédito para poder aplazar los pagos de tus compras, es un producto que esconde que te aplican unos tipos de interés altísimos, es un producto financiero que te está ahogando.

 

    “ IKEA VISA; IKEA FAMILY... u otras entidades asociadas a IKEA, como son CAIXABANK, SANTANDER CONSUMER..", tranquilo en abogados especializados  Piqueras, somos la solución a tu problema...”

 

  Da igual, el lugar vivas, llevamos la solución a tu hogar.

 

   El Supremo anula un préstamo de tarjeta ‘revolving’, WiZink,  por considerar usura un interés del 27%, ¿ te gustaría que el proximo en anularse fuera el crédito de tu tarjeta.  La sentencia del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2020 “ dictá  que los créditos con un interés remuneratorio desproporcionado y notablemente superior al normal del dinero, son abusivos y usurarios” .

  

   Pero para más seguridad , para el consumidor el TJUE, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado la doctrina del Tribunal Supremo para anular contratos con tarjetas revolving por ser declarados como "usura" cuando superan un determinado tipo de interés al declarar que este criterio no es contrario a las normas comunitarias. En auto del TJUE de 25 de marzo 2021, dictaminando que la directiva sobre contratos de créditos al consumo "no se opone a una normativa nacional que establece una limitación de la TAE que puede imponerse a un consumidor con el fin de luchar contra la usura, siempre que no contravenga las normas armonizadas sobre obligaciones de información".

 

     Llegando por tanto , el alto Tribunal ,ya anterior a esa resolución del TJUE, Sentencia Tribunal Supremo, 26 de febrero de 2020 ,  en el Pleno de la Sala de lo Civil anula por "usurario" el crédito del banco Wizink a una consumidora a un interés del 27% TAE. Sobre ello, los jueces han declarado que se cumplen los requisitos para considerar que este tipo de financiación infringe la Ley de Represión de la Usura de 1908.

 

        Ya no hay excusa para seguir pagando intereses abusivos durante años sin reducir la deuda.

 

La jurisprudencia a dictaminado en varias ocasiones contra , productos de IKEA, entre otras audiencias provinciales siguientes.-

   - S E N T E N C I A Nº 000163/2021

 

En Pamplona/Iruña, a veintinueve de abril de dos mil veintiuno.

 

Vistos por mí, Doña *** o, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona, los autos de Juicio Ordinario 895/2020 sobre nulidad y reclamación de cantidad, siendo demandante CLIENTE,  y como demandada CAIXABANK CONSUMER FINANCE EFC S.A.

Se suplica de dictado de una sentencia por la que.-

"1.-Se declare la nulidad del contrato de tarjeta de crédito IKEA de fecha 13 de noviembre de 2017 por contener intereses usurarios, condenando a la demandada a reliquidar la deuda de forma que el actor deberá devolver únicamente el crédito efectivamente dispuesto, y la demandada, en su caso, reintegrarle todas aquellas cantidades que hayan excedido del capital prestado, más los intereses legales.

2.-Subsidiariamente, se declare la nulidad de la cláusula que fija el tipo de interés retributivo contenida en el contrato de tarjeta de crédito IKEA de fecha 13 de noviembre de 2017 por incumplir los criterios de transparencia e incorporación, condenando a la demandada a reliquidar la deuda, sin la aplicación del tipo de interés retributivo pactado en el contrato, y a restituir todas las cantidades indebidamente percibidas por este concepto, más los intereses legales desde la fecha de cada pago.

3.-Todo ello con expresa imposiciónde costas a la parte demandada".

   Dictando un FALLO.-

FALLO.-

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO íntegramente la demanda CLIENTE  contra CAIXABANK CONSUMER FINANCE EFC S.A. y en consecuencia:

1.- Debo declarar y declaro la nulidad, por usurario, del contrato de tarjeta de crédito suscrito entre las partes el 13 de noviembre de 2017.

2.- En consecuencia, debo declarar y declaro que DOÑA tiene la obligación de entregar a CAIXABANK CONSUMER FINANCE EFC S.A. el capital del que ha dispuesto en concepto de financiación.

3.- Y, por ello, debo condenar y condeno a CAIXABANK CONSUMER FINANCE EFC S.A. a reintegrar a DOÑA  las cantidades que, en su caso, haya percibido y que excedan del referido principal, más los intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda.

4.- Debo condenar y condeno a CAIXABANK CONSUMER FINANCE EFC S.A. al pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

5.- La cuantía del presente pleito se fija como indeterminada.

  

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